Comentario al Evangelio del XXV Domingo del Tiempo Ordinario, 22 septiembre 2013


“Ganaos amigos con el dinero injusto”. La frasecita se las trae. Puede parecer una invitación en toda regla a la corrupción. Pero el contexto de la época de Jesús y el conjunto de sus enseñanzas arrojan luz a la interpretación de esta frase.



LAS LECTURAS DE HOY

Primera Lectura: Amós 8, 4-7
Salmo 112: Alabad al Señor, que alza al pobre.
Segunda Lectura: I Timoteo 2, 1-8


Evangelio: Lc. 16, 1-13

Decía también a sus discípulos:
Era un hombre rico que tenía un administrador a quien acusaron ante él de malbaratar su hacienda; le llamó y le dijo:
"¿Qué oigo decir de ti? Dame cuenta de tu administración, porque ya no podrás seguir administrando."
Se dijo a sí mismo el administrador:
"¿Qué haré, pues mi señor me quita la administración? Cavar, no puedo; mendigar, me da vergüenza. Ya sé lo que voy a hacer, para que cuando sea removido de la administración me reciban en sus casas."
Y convocando uno por uno a los deudores de su señor, dijo al primero:
"¿Cuánto debes a mi señor?"
Respondió:
"Cien medidas de aceite."
El le dijo:
"Toma tu recibo, siéntate en seguida y escribe cincuenta."
Después dijo a otro:
"Tú, ¿cuánto debes?"
Contestó:
"Cien cargas de trigo."
Dícele:
"Toma tu recibo y escribe ochenta."
El señor alabó al administrador injusto porque había obrado astutamente, pues los hijos de este mundo son más astutos con los de su generación que los hijos de la luz.
Yo os digo: Haceos amigos con el dinero injusto, para que, cuando llegue a faltar, os reciban en las eternas moradas.
1El que es fiel en lo mínimo, lo es también en lo mucho; y el que es injusto en lo mínimo, también lo es en lo mucho.
Si, pues, no fuisteis fieles en el dinero injusto, ¿quién os confiará lo verdadero?
Y si no fuisteis fieles con lo ajeno, ¿quién os dará lo vuestro?
Ningún criado puede servir a dos señores, porque aborrecerá a uno y amará al otro; o bien se entregará a uno y despreciará al otro. No podéis servir a Dios y al dinero.












Accede al comentario al Comentario al Evangelio de este domingo de José Antonio Pagola "No sólo crisis económica"









En la época que Jesús predicaba en Israel, apenas se tenía acceso al dinero. La economía doméstica, en el día a día de “la gente de a pie” se funcionaba con el trueque y eran pocos los que realmente utilizaban el dinero. De ahí que aparezcan a menudo cambistas –agentes de cambio-, por ejemplo. Y de hecho, sorprende que Jesús a menudo hable del “vil dinero” para referirse a las riquezas, de las que también habla frecuentemente.

Al referirse al dinero y la riqueza, habitualmente lo llama “dinero injusto” o “riquezas injustas”. Da la sensación de que Jesús no conoce el “dinero limpio”. La riqueza es injusta si ha sido amasada de manera injusta, a costa de los demás y sin querer compartirla con los pobres y los hambrientos.

Entonces ¿qué pueden hacer los que poseen este dinero injusto?

La respuesta está en esta frase: ganarse amigos empleando esa riqueza en ayudar a los demás y compartiendo los bienes os ganaréis a los pobres y necesitados que, como narra la parábola del rico Epulón y el pobre Lázaro o se nos describe en la escena del Juicio Final que nos pinta Jesús, darán testimonio a favor de los que han vivido en la generosidad, con amor, compartiendo sus bienes, su vida, con los más necesitados.

Una vez aclarada y puesta en sus contexto la frasecita y a propósito de esta explicación me gustaría llamar la atención sobre una cuestión de la Tradición Cristiana desde los primeros tiempos que no ha perdido su actualidad como nos ha recordado en numerosas ocasiones el Magisterio Social de la Iglesia. Se trata de la Hipoteca Social que pesa sobre nuestros bienes.

Uno de los principios fundamentales de la Doctrina Social de la Iglesia es el Destino Universal de los Bienes: los bienes están destinados para uso de todos los hombres, son la herencia común de todos los habitantes pasados, presentes y futuros. La Doctrina de la Iglesia también sostiene el principio de la Propiedad Privada como derecho que incluye por su misma naturaleza y en función del principio superior del Destino Universal de los bienes una responsabilidad. En otras palabras, la propiedad está gravada por una hipoteca social ya que su función es contribuir al sostenimiento y desarrollo del propietario y de la Humanidad como destinataria de todos los bienes. También cada persona tiene la obligación de velar por la sostenibilidad y expansión de los bienes que tiene a su cuidado, según estos principios.


Es necesario recordar una vez más aquel principio peculiar de la doctrina cristiana: los bienes de este mundo están originariamente destinados a todos. El derecho a la propiedad privada es válido y necesario, pero no anula el valor de tal principio. En efecto, sobre ella grava una hipoteca social, es decir, posee como cualidad intrínseca, una función social fundada y justificada precisamente sobre el principio del destino universal de los bienes”  (Encíclica Sollicitudo Rei Socialis, de Juan Pablo II, n. 42)


A la luz de las "casas nuevas" de hoy ha sido considerada nuevamente la relación entre la propiedad individual o privada y el destino universal de los bienes. El hombre se realiza a sí mismo por medio de su inteligencia y su libertad y, obrando así, asume como objeto e instrumento las cosas del mundo, a la vez que se apropia de ellas. En este modo de actuar se encuentra el fundamento del derecho a la iniciativa y a la propiedad individual. Mediante su trabajo el hombre se compromete no sólo en favor suyo, sino también en favor de los demás y con los demás: cada uno colabora en el trabajo y en el bien de los otros. El hombre trabaja para cubrir las necesidades de su familia, de la comunidad de la que forma parte, de la nación y, en definitiva, de toda la humanidad (Laborem Exercens, n. 10). Colabora, asimismo, en la actividad de los que trabajan en la misma empresa e igualmente en el trabajo de los proveedores o en el consumo de los clientes, en una cadena de solidaridad que se extiende progresivamente. La propiedad de los medios de producción, tanto en el campo industrial como agrícola, es justa y legítima cuando se emplea para trabajo útil; pero resulta ilegítima cuando no es valorada o sirve para impedir el trabajo de los demás u obtener unas ganancias que no son fruto de la expansión global del trabajo y de la riqueza social, sino más bien de su compresión, de la explotación ilícita, de la especulación y de la solidaridad en el mundo laboral (Laborem Exercens, n. 14). Este tipo de propiedad no tiene ninguna justificación y constituye un abuso ante Dios y los hombres”. (Encíclica Centesimus Annus, de Juan Pablo II, n. 43)


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